Es habitual que en ocasiones las empresas, bien sean privadas o públicas, realicen exigencias al personal de trabajo conforme a capacitaciones necesarias. Sin embargo, se ha creado una polémica en torno a saber si te pueden obligar a hacer cursos fuera del horario laboral.
Esto se debe a que algunas personas piensan que este tiempo debe ser considerado como horas extra, mientras que la empresa puede considerarlo como formación y capacitación necesaria.
Por ello, en este post te explicaremos si realmente te pueden obligar a hacer cursos fuera del horario laboral; o si por el contario, tienes derecho a reclamar que este tipo de tareas se realicen dentro de tu horario de trabajo.
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¿Te puede obligar la empresa a hacer cursos?
Efectivamente la empresa está en el derecho de obligar a sus empleados a realizar cursos necesarios para mejoras de funciones, renovación o actualización de conocimientos. En especial los cursos de prevención de riesgos laborales son obligados por la ley para garantizar un correcto desempeño de las funciones en la empresa.
En todos los casos la participación puede ser obligatoria. Por lo general se presentan tres formas de recibir los cursos:
- Dentro del horario laboral
- Fuera del horario laboral
- En horarios mixtos
En los tres casos la participación puede variar. Cuando se trata de cursos dentro del horario laboral, la asistencia ha de ser obligatoria. Para los cursos realizados fuera del horario laboral, el empleado tiene su derecho a decidir si asistir o no al curso. Y en el último caso que comprende a horarios mixtos la empresa puede plantear una compensación o método de retribución con sus empleados.
Debes tener en cuenta que estos cursos son favorables para potenciar tu CV profesional; por lo que puedes aprovecharlos para ganar conocimientos relacionados a tu campo de trabajo.
¿Es obligatoria la asistencia a cursos de formación fuera del horario laboral?
La única forma en que un empleado pueda ser sancionado por incumplir en un curso fuera del horario laboral, es si este consiste en el cuidado y la prevención de riesgos dentro de la empresa. Sin embargo, éstos deben ser realizados dentro del horario laboral del empleado, sin que esto represente algún tipo de amonestación.
Otros cursos de capacitación, formación u otro concepto, no pueden conllevar sanción al empleado si este decide no asistir. En todo caso, la empresa debe proponer una compensación si realiza estos cursos fuera del horario laboral; y consultar con el empleado si está de acuerdo con el horario establecido.
Por tanto, queda entendido que no te pueden obligar a hacer cursos fuera del horario laboral, a menos que exista un acuerdo entre las partes.
Horas de formación – Estatuto de los trabajadores
Debes saber que legalmente tienes derecho a acceder a formación profesional en el trabajo, una vez que adquieres cierta antigüedad en la empresa. Esto ha quedado establecido en el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores, donde se expresa todo lo referente a Promoción y Formación profesional en el trabajo.
En el apartado 3 de dichos estatutos se establece que todo empleado con más de 1 año de antigüedad tendrá derecho una formación profesional de 20 horas anuales. Esta formación debe ser relacionada a tu puesto de trabajo, en función del mejoramiento progresivo del profesional y no pueden incluirse aquellos cursos de tipo obligatorio, como los de prevención y seguridad laboral.
También se establece que dichas horas de formación estatuto de los trabajadores pueden ser acumulables por 5 años y la forma en la que se impartirá dicha formación debe ser establecida por mutuo acuerdo entre el empleado y el empleador.
Formación laboral a través del SEPE
Una de las alternativas para acceder a programas de formación profesional los ofrece el SEPE. A pesar de que muchos de éstos están dirigidos a personas desempleadas, existen varias modalidades que son otorgadas por cada Comunidad Autónoma.
En cualquier caso, será necesario solicitar una cita previa para ser atendido en los Servicios Territoriales de Formación para el Empleo. En ocasiones, este requerimiento puede demorar un cierto tiempo para ser asignado, por lo que puedes ver cita SEPE, a través de los métodos disponibles.
Si has olvidado la fecha y casualmente has pautado un compromiso para el día de tu cita, puedes optar por cancelar cita SEPE mediante la opción de anulación que te ofrece a plataforma.
Esta es la única forma para cambiar cita previa SEPE, ya que una vez que has anulado el requerimiento previo, tendrás la opción de solicitar la nueva fecha sin problema alguno.